Matrimonio por la iglesia católica
La legislatura dominicana sólo reconoce como matrimonio oficial, el oficiado por la Iglesia Católica. Quienes realizan la ceremonia en otras iglesias deben realizar, como requisito previo y obligatorio, el matrimonio civil.
De ser promulgado por el Poder Ejecutivo, el proyecto de Ley sometido al Congreso Nacional por las iglesias protestantes, donde ya fue aprobado, la ley otorgaría la misma validez civil a los matrimonios oficiados por los pastores de las diferentes denominaciones religiosas. Cada religión tiene algunas normas que deben cumplir los contrayentes antes de la ceremonia.
Requisitos para la ceremonia del Matrimonio
- La ceremonia debe realizarse en la parroquia que corresponda a la novia, que es la más cercana a su domicilio.
- Se considera que un católico es miembro de una parroquia después de 6 a 8 meses de convivencia con esa comunidad cristiana. En caso contrario, debe pedir un pase o permiso a la parroquia correspondiente para casarse en la parroquia deseada.
- Reserva fecha en la iglesia a la mayor brevedad. En las parroquias coloniales hasta con un año de anticipación, porque la cantidad de bodas al mes es limitada. Deben hacer una contribución, que varía según la parroquia.
- Si piensas casarte en la playa, campo u otro lugar, no está permitido celebrar este sacramento fuera de la solemnidad de la parroquia, porque lo desnaturalizaría al convertirlo en un acto privado.
Los novios deben tener más de 18 años, o la autorización de los padres si son menores de edad pero la novia ha cumplido 15 años y el novio 16.
- Los novios deben ser reconocidos y certificados como solteros por la iglesia, es decir, sin matrimonio religioso anterior, al menos que cuenten con la anulación del mismo.
- Los novios deben entrevistarse por separado con el párroco, quien indagará sobre los motivos que los llevan al matrimonio. Esa entrevista descartará si los novios están siendo presionados para casarse y permitirá tratar planes de la futura pareja.
- Deben presentar el acta de bautismo, como comprobante de que fueron bautizados en la fe católica. Si la perdiste, solicítala en la iglesia donde te bautizaron.
- La iglesia también exige el certificado del sacramento de la Confirmación de ambos contrayentes.
- Si no estás confirmada averigua con tiempo cuando habrá confirmación en tu parroquia. La iglesia suele Confirmar el Sábado Santo, el día de Pentecostés (50 días después de la Pascua de Resurección) y cuando lo dispone el obispo con el párroco de cada comunidad. En el país pueden impartir la confirmación, los obispos de las once diócesis, incluyendo al cardenal, los dos obispos auxiliares y cuatro obispos emérito, que hay en la actualidad.
- Deben realizar con tiempo, por lo menos 3 meses antes, el curso prematrimonial. Son charlas grupales a cargo de especialistas, sobre la convivencia, derechos y obligaciones, los hijos, dificultades que enfrenta el matrimonio y cómo superarlas.
- La presentación de este certificado es un requisito indispensable.
- Se requiere un padrino y una madrina, por tradición el padre de la novia y la madre del novio. Pero puede ser cualquier persona, sin importar su vínculo con los contrayentes ni la religión que profese.
- Copias de las cédulas de los padres de ambos o de las personas que fungirán como padrinos.
- Se debe presentar un testigo por la novia y uno por el novio, ambos mayores de edad y preferiblemente sin parentesco con la pareja.
- Los testigos darán fe, con sus firmas, de esa relación.
- Se requiere el Certificado de Amonestaciones que establece el anuncio público que se hace durante tres domingos, preferiblemente unos meses antes del matrimonio. El fin de las amonestaciones es asegurar que ambos tomaron la decisión libremente y que no existen impedimentos legales o de otra naturaleza que lo impida.
- La iglesia solicita también prueba de embarazo, motivo que podría estar forzando el matrimonio. También pruebas de VIH y falsemia, porque son condiciones de salud que repercuten en la pareja y futuro hijos.
- Si las pruebas arrojan resultados positivos en uno de los dos, el otro debe estar consciente de la situación y decidir si culmina el proceso.
- La iglesia católica permite el matrimonio en el caso de que uno de los novios no pertenezca a la religión. Eso, previo compromiso del contrayente no católico a no obligar a su pareja a abandonar la fe, ni oponerse a la educación cristiana de los hijos.
- El contrayente no católico debe firmar un documento donde se compromete a ello.
- Si los novios contrajeron matrimonio civil con antelación, deben presentar la certificación al párroco.
- El matrimonio católico es reconocido como oficial por las leyes dominicanas.
- La iglesia católica debe asentarlo en el registro civil correspondiente, en los tres días siguientes a la celebración.
- Si tienes más de 5 años viviendo fuera del país, los requisitos aplicables son de extranjera.
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